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Jose

casero/a

inquilino no firma renovación de alquiler
Siguiendo con la pregunta anterior, si no firma y se renueva tácitamente por 3 años más  mi pregunta es si puedo reclamar que desaloje la vivienda para que la use mi hija ya que necesita el piso.
  • Preguntado por: Jose
  • Hace 8 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (12)
MariaBarroso ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es probable que esté Vd. leyendo el art. vigente ahora, no el vigente en 2011, que se aplica a su contrato y que me parece que le he transcrito 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Jose

    casero/a

    Leyendo el artículo 9.3 de la LAU entiendo que transcurrido el primer año de prórroga forzosa puedo obligarle a abandonar la finca arrendada avisando con dos meses de antelación para uso propio o de familiar de primer grado. Es así? Entonces en este caso no puedo sino esperar un año? Entendiendo que son prórrogas anuales?  El Sr. Pelayo comenta algo diferente al Sr PHOLMO. Les agradezco su paciencia y dedicación pero comprendan que para mi es importante. Reitero mi agradecimiento 
    • Respondido por: Jose
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Jose si ha leido EL DECALOGO DEL CASERO habrá visto que no es el procedimeito más recomendable. Ahora podría enviarle un burofax, ratificando el fin de contrato anunciado en abril y requiréndole para que abandone la vivienda inmediatamente. No le garantizo, ni mucho menos, que sea efectivo, pero es lo único que le queda, si pretende que su hija utilice esa vivienda antes de tres años.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Jose

    casero/a

    El aviso de renovación lo envié por WhatsApp: "te avisarán de la inmobiliaria X para la renovación del contrato de alquiler" y me respondió "ok" Este aviso se lo envié el 18 de abril de 2016
    • Respondido por: Jose
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    P. D. Me gustaría leer ese AVISO DE RENOVACION
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Jose es lo malo de abrir varios hilos, me temo que si los cinco años se cumplen mañana, solamente podrá acogerse a ese aviso que dio hace tres meses, si es posible interpretarlo como denegación de prórroga, de lo contrario no le queda otra que llegar a un acuerdo, económico desde luego, con su inquilino para que se marche.
    Ese contrato NO se extingue mañana, en este momento, salvo lo anteriormente expuesto, se encuentra en el sexto año de prórroga obligatorio para vd.
    Le conviene leer
    EL DECALOGO DEL CASERO
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Jose

    casero/a

    El contrato se firmó el 15/6/2011 por tanto expira mañana. El inquilino me ha dado largas desde el mes de abril que fue avisado de la RENOVACION. Aún hoy no está firmado. Por otro lado a mi hija la han trasladado forzosamente a esta ciudad donde se incorporará el 4 de julio por eso quería la renovación para cambiar algunas cláusulas previendo que ella pudiera venir aquí destinada y no tener problemas. Como no no ha querido firmar renovación el inquilino mi duda era las posibilidades que existen para poder recuperar el piso cuya intención es exclusivamente el que mi hija pueda vivir en él. No es para venderlo nicho menos. Gracias
    • Respondido por: Jose
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Jose conviene que sigamos matizando las respuestas, su contrato, si no recuerdo mal, era de 2011, en esa fecha la normativa vigente concedía al inquilino una prórroga de tres años, a partir del cumplimiento del quinto año.
    En cuanto a la denegación de esa prórroga por necesidad, ordenaba: "No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial".
    Por lo tanto habría que saber si en ese contrato se previó esa necesidad.
    También creo recordar que ese contrato cumplía los cinco años en agosto, por lo que todavía puede estar a tiempo de denegar, de modo fehaciente, al inqulino la prórroga del sexto año.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días, José Efectivamente se puede recuperar para uso propio, pero tiene que ocuparse la vivienda por quien la necesita en el plazo de 3 meses, de lo contrario el inquilino puede interponer una demanda judicial y tendría derecho a volver al piso en las mismas condiciones de renta, además de la indemnización que pudiera corresponder.
    En definitiva, no se puede usar el "uso propio", por ejemplo,  para vender la casa.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Jose

    casero/a

    Entonces esta prórroga sería anual y podría notificarle que el segundo año no se prorrogaria el contrato por mi parte pudiendo rescindirlo avisando con el tiempo establecido? Tenía entendido, leyendo hilos, que para uso propio o de familiar directo se podría recuperar la vivienda.  Gracias y disculpas por haber usado varios hilos
    • Respondido por: Jose
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    José, convendría continuar la consulta en el mismo hilo. La distinción jurídica entre renovación y prorroga no es meramente conceptual, la renovación es voluntaria y la prorroga obligatoria para el casero, si ese contrato ha entrado en prorroga me temo que no podrá invocar necesidad para cancelarlo.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • MariaBarroso

    inquilino/a

    Y si necesita la vivienda para su hija, para que iba a firmar una renovación del alquiler? 
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