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Gonzalo Soria

casero/a

Hay ratas en el falso techo. Los inquilinos aún no llevan 1 año, ¿tienen derecho a irse sin penalización por este motivo?

Estoy intentando solucionarlo con la Comunidad de Propietarios, pero no es fácil y los inquilinos me dejan entrever que no aguantarán mucho así porque a ella le da miedo. Tienen derecho legal a irse sin penalización antes de cumplir el año? Gracias

  • Preguntado por: Gonzalo Soria
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (14)
isidro garcia ha sido el primero en contestar
Sergio VP ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Sergio VP

    inquilino/a

    Yo estoy en la misma situación, pero al rebes. Soy el inquilino y no es forma de vivir con ratas encima de la cabeza todo el día. Por las noches es insoportable oir como corretean sobre ti o como van royendo las paredes, eso cuando no les da por asomarse a saludar y te pegas un susto. Y solo te digo que, como una de esas ratas muerda a uno de tus inquilinos la habrás liado y gorda.

  • Gonzalo Soria

    casero/a

    Muchas gracias arquitopo por tu detallada contestación y además, fundamentada. Aunque a nadie le importa, el motivo de mi consulta no es demandar a mis inquilinos si se van, pero sí saber qué riesgos corro. Creo que es mi responsabilidad como propietario y además voy a tener una niña en breve y cualquier problema en el cobro de la renta me supondría un problema enorme. Gracias a Lego y a mejuto también por su colaboración.

  • arquitopo

    arquitopo

    profesional

    Respecto a las condiciones de habitabilidad de las viviendas:

    -La LAU se refiere a alquileres de espacios habitables

    -Corresponden al propietario las obras necesarias para mantenerla en condiciones de habitabiliad adecuadas para el uso convenido.

    -la Ley de Ordenación de la Edificación especifica qué es lo que debe hacerse para mantener los edificios en condiciones de habitabilidad, refiriéndose específicamente a condiciones de funcionalidad, seguridad y habitabilidad.

    -en el punto de salubridad, recoge especificamente "...higiene, salud y protección del medio ambiente, de forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad en el uso del edificio."

    -La ley antedicha remite al Código Técnico de la Edificación como marco normativo, y éste establece únicamente las condiciones desde el punto de vista constructivo (aislamientos, materiales, etc...)

    -Ninguna ley de salud pública exige la desaratización para edificios de viviendas. Sólo es exigible para determinados tipos de locales comerciales.

    -Por tanto, entiendo que no podría romperse unilateralmente el contrato de alquiler aduciendo incumplimiento por parte de la propiedad de la vivienda, si ésta se ha ocupado de que la edificación esté de acuerdo a la normativa vigente, que entiendo, si el edificio tiene tres años, que lo estará.

     

    Evidentemente, los roedores son un problema que habrá que solucionar. Tal vez pueda encontrarse algo (repelentes, ultrasonidos) para que, por lo menos, no se paseen por la vivienda. En todo caso, se me ocurre que si la comunidad ya está tomando cartas en el asunto se le pueda proponer al inquilino una suspensión temporal del contrato de alquiler en tanto se soluciona el problema. evidentemente es una incomodidad, pero no es imputable a la propiedad.

  • Lego

    casero/a

    Gonzalo,

    Y sobre si tienen derecho tus inquilinos a marcharse sin penalización, es algo dificil de contestar.

    Primero tendrían que informarte fehacientemente y requerirte para solucionarlo.

    La siguiente sería o que ellos demandaran en el juzgado la resolución del contrato, o que se marcharan por las buenas, y entonces tú serías el que demandaría por incumplimiento de contrato.

    Aquí los abogados recomiendan evitar los pleitos. Fíjate que es echar piedras contra su tejado pero lo recomiendan.

    Así que antes de acabar en el juzgado, ya sea por iniciativa de una u otra parte... hay que intentar un acuerdo extrajudicial que será mucho más barato para todos.

    Aunque tal y como funciona la justicia, los exterminadores serán mucho más rápidos y el problema desaparecerá.

     

    Suerte amigo.

    • Respondido por: Lego
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    si vieras mi vivenda, esta perfecta...dudo que la que tu vives o la que alquilas este asi de guapa...si es cierto que me tocó un mal casero pero yo se mis derechos y los ejercí. Punto.

    Añado, es el primer casero que encuentro asi y con todo y con eso, no puedo quejarme mucho puesto que todo esta solucionado.

    Antes de este he tenido caseros magníficos, y los mejores los de mi juventud, cuando ni contrato tenía, fíjate que vivían encima mio y hasta de abuela de mis hijos ejercia la mujer, por supuesto porque ella quería, pero eso te da idea de la relación y de mis experiencias como inquilina.

    Otro día te cuento mis experiencias como propietaria, que también lo soy.

  • Gonzalo Soria

    casero/a

    Mari Lolis, he leido tus preguntas y viendo las condiciones en las que te entregaron tu vivienda entiendo que pienses que todas son un cuchitril, pero no es el caso y además, mis inquilinos están muy contentos y entienden que estoy haciendo todo lo que está en mi mano. Por otra parte, pensaba que en este foro contestaban profesionales, no el primero que pasaba...

  • Gonzalo Soria

    casero/a

    A Mejuto... Gracias, pero es que he leido la LAU y es un poco ambigua sobre el tema. El problema reside en que el perjuicio no depende de mí, sino de la Comunidad de vecinos, ya que las ratas están en el edificio, no en mi casa. Yo ya estoy resolviéndolo y van a sellar las bajantes, pero quería saber si las causas de terceros (ajenos a mi responsabilidad) me afectan igual que si fuera dejadez mía.

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    a Gonzalo:

    Si las ratas están en la comunidad, están también en tu casa, porque esos asquerosos roedores se meten por todos lados.

    No se que es la Avenida America, soy de Barcelona, pero me da igual que me digas que la vivienda esta en pedralbes, con ratas no es digna, te guste o no.

    Y mi respuesta se ciñe a la pregunta...preguntas si pueden irse y yo te respondo que sí, con ratas deja de ser una vivienda digna ¿comprendes ahora?

    Y de odio ninguno y menos a ti, que no te conozco de nada. Si no te gusta lo que te responden, no preguntes, porque soy la segunda a la que descalificas su respuesta.

  • Gonzalo Soria

    casero/a

    A Mari Lolis: la casa está preciosa, en Av de América y hecha nueva hace 3 años. Las ratas no están en mi casa, sino en la Comunidad. Antes de tildar de cuchitril algo sin verlo, molestate en conocer la verdad. Esto no es para poner verde a los inquilinos, sino para aportar algo. Además, si tuviera 3 meses de fianza tuyos y te quedaran 5 para cumplir el año, igual no te ibas tan rápido... Si escribes en un foro, intenta ceñirte a la pregunta y no usarlo para depurar tus odios.

  • mejuto

    inquilino/a

    Gonzalo lo que ha de hacer es mandar a un controlador de plagas y eliminar las ratas. Respecto a la habitabilidad de la vivienda mire la LAU

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    desde luego si yo fuese tu inquilino ya no estaria ahí y me da igual lo que diga la ley, documentaria las ratas con un notario y me marcharia y después a ver si tienes narices a denunciar a unas persona porque se han ido del cuchitril que les alquilabas, porque si hay ratas no es precisamente una vivienda digna.

    Lo que tienes que hacer es darles su fianza y que se vayan y antes de volver a alquilar llama a un servicio de desinfección y cuida tu negocio

  • Gonzalo Soria

    casero/a

    La respuesta del profesional me la podía haber dado un amiguete. En qué se basan las condiciones de habitabilidad mínimas? En qué documento se recogen? Alguna opinión OBJETIVA? Gracias

  • mejuto

    inquilino/a

    Bueno el concepto de habitabilidad es muy estenso pero tortuoso, no parece tan fácil decir que por unas ratas ustedes puedan romper unilateralmente el contrato, lo que si pueden es mandar burofax indicando un plazo a la propiedadpara que manden a un controlador de plagas para eliminar las ratas

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • isidro garcia

    profesional

    Legalmente si pudeden irse porque la vivienda no recoge las medidas de habitabilidad que se requieren.¿tu en su lugar que harias?

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