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Marian

casero/a

Devolver fianza en la entrega de llaves
Mi inquilino me ha avisado hoy día 11 de julio q se van. Yo les devuelvo la fianza aunque se vayan dos meses antes del fin del contrato. Ahora no contentos con eso me dicen q les tengo  que devolver la fianza el día q me entreguen las llaves. Yo la fianza la ingresé en la comunidad de Madrid. Ese dinero te lo devuelven aunque no haya finalizado el contrato? Yo quiero asegurarme que el piso no tiene desperfectos, estoy obligada a devolvérselo el día q me entregan las llaves?  Gracias
  • Preguntado por: Marian
  • Hace 8 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Marian coincido con mi compañero, le recomiendo lea http://blog.enalquiler.com/2016/guias-alquiler-pisos/como-se-hace-la-devolucion-de-la-fianza/ Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/  
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días, Marian.
    En contra de lo que muchos opinan, desde nuestro despacho aconsejamos siempre realizar la inspección y la devolución de la fianza en el mismo momento de la entrega de llaves, ya que una vez extinguido el contrato de arrendamiento y comprobado que no hay desperfectos, no tiene sentido retener la fianza.
    En nuestro blog encontrarás modelos que te ayudarán a documentar correctamente esta entrega, tanto si hay desperfectos como si no los hay.
    http://blog.desalvador.es/general/modelos-terminacion-alquiler/
    Asimismo, te aconsejamos leer esta entrada sobre la fianza.
    http://blog.desalvador.es/arrendamientos/devolucion-de-la-fianza/
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    En el documento de entrega de llaves y resolución del contrato, previa revisión completa del estado de la vivienda, se anotan los desperfectos imputables al inquilino. La fianza responde de dichos desperfectos y deudas por suministros. Dicha fianza la pides al IVIMA una vez firmado por ambas partes el documento y la tienes que devolver en el plazo de treinta días, habiendo deducido de ella, el importe de las reparaciones o deudas a cargo del arrendatario.
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