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Sabor

inquilino/a

Puede demandarme el propietario una vez firmado el fin de contrato y entregado las llaves?

Hola, Deje un piso de alquiler el pasado 20 de Agosto.

Redacte un fin de contrato donde deje muy claro que le devolvia las llaves del piso y que el mes de Julio que le debia y los 20 dias de agosto se los pagaba de la fianza.

En el  fin de contrato puse que con la firma de este contrato quedan libres las partes de toda reclamación y deuda

El propietario firmo el documento por duplicado.

Tiene derecho a demandarme por desperfecto en el piso una vez firmado este sencillo acuerdo? o por rentas de alquiler?

Tengo que depositar este documento en algun organismo con Incasol o tiene que hacerlo el

Espero su respuesta

 

Gracias

  • Preguntado por: Sabor
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Sabor

    inquilino/a

    o hay ningun costo de consumes dado que lo pague todo, Agua y Luz.

    Haber le deje el piso pintado tal y como decia el contrNato, el propietario me dijo que se tenia que pintar mejor que estaba mal pintado.

    Yo lo deje pintado y ya esta tal y como di el contrato pintado de blanco.

    Por desgaste se rompio el termostato de la caldera electrica, eso lo tiene que pagar el propietario porque cada 4 o 5 años se rompen por desgaste no de hacer un mal uso (¿ Me lo puede reclamar?)

    Por otro lado dice que hay varios desperfectos parket rallado, una puerta rota, etc...

    Por otro lado le deje 1700 € del deposito para cubrir el mes de julio que no pague y los 20 dias de agosto (el precio del alquiler era 795 €) tiene una parte del deposito por si hay un desperfecto.

    Puede pedirme estos daños y tener que pagarle o no?

     

    Espero su respuesta Gracias

     

    • Respondido por: Sabor
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Como poder, puede, pero de poco le servirá, ya que una vez firmado el contrato de fin de arrendamiento, solo podrá reclamarte los suministros impagados durante el periodo de alquiler y lo que en este se refleje.

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