Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Mariagabbana

casero/a

Daños en vivienda

He tenido alquilada la vivienda de mi propiedad durante dos años. Ahora la dejan.

He observado al visitarla que la vitroceramica tiene una punta rota. Yo la entregue sin daños al alquilarla. ¿Debe el inquilino cambiarla o se consideraria desgaste porque funciona?

Han clavado un armario en una pared de azulejos de la cocina. Ni me lo consultaron ni lo autorice. Si la quitan (yo no la quiero) habra que cambiar las piezas y no creo que el color se ajuste ¿Que hago?

Tambien han puesto una goma pegada alrededor de una chimenea de marmol y el parquet ha perdido todo el brillo. ¿debo recoger las llaves y pasarle la factura de las reparaciones o indicarle que me entreguen las llaves cuando este reparado?

  • Preguntado por: Mariagabbana
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (11)
MariYuno ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Gracias :)

    yo si quieres te recito la regla del fuera de juego, no sé si llegaré a recitar la 21 de la lau xdd

    me pongo a ello :P

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    No seria necesario informar puesto que esa obligacion se impone cuando la reparacion es necesaria para mantener la habitabilidad de la vivienda ( el famoso 21 de la lau que acabaras recitando de memoria)

    Una cosa es la carga de la prueba y otra la prueba diabolica, de la que creo recordar he opinado en algun post de la comunidad.

    Por muy logica que sea una explicacion ( yo te la busco, que me han dado de lo mas variopinto), si el casero no traga tienes que poner una demanda o contestarla. Esa es la dificultad a la que me referia desde un principio. Hacer leyes es muy facil, interpretarlas y aplicarlas es otro mundo.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    En el supuesto que dices sobre la vitrocerámica... no debería haber informado entonces en su momento al arrendador? No debería demostrar que fué como así paso?

    Es por cosas como esta que me parece tan curiosa la abogacia, y de ahí que diga q es una loteria y q hay abogados que rozan lo moral y ético.

    De todas formas, no dudes que cuando se me rompa algo te pediré una explicación lógica para decirsela a mi arrendadora  xDD

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Crazyh, Witirika, agradezco enormemente vuestras respuestas y la capacidad que me suponeis, que seguro que no es para tanto. Cuando las respuestas no gustan, en nuestra profesion es muy usual que duden de nuestra capacidad... que suerte tienen los medicos que te ponen un palito en la lengua y te metes dos pastillas que podrian matarte sin rechistar ( yo lo hago, pero es que es un medico quien te lo dice, no un curandero)

    Aun asi, la suerte de los consultantes de este foro es que si te equivocas, siempre hay un compañero que te corrige, lo cual es una doble garantia para el consultante.

    El desprecio a una respuesta que ni siquiera es incorrecta ya te da una idea de quien la hace...

    Pero fijaros si el tema es complicado como dije en la primera frase de mi primera respuesta: ¿estais seguros de que una rotura en la esquina de una vitroceramica esta producida en el 100% de los casos por un golpe o existe una posibilidad entre un millon de que un exceso de calor unido a un defecto de fabrica haya producido la rotura?

    Pues si el inquilino jura y perjura que un dia crujió delante de sus narices no paga voluntariamente ni a tiros, asi que ya tenemos demanda. Lo dicho, muy complicado.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

     

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Witirika, estoy de acuerdo en todo menos en lo de la vitrocerámica. Te recuerdo que una "gran reparación", si es por un mal uso, tiene q hacerse cargo el arrendatario. Y en este caso que está rota una punta ya supongo q no se ha roto calentando los macarrones, sino por un golpe.

    Asi que, a mi ver, de todo lo que reclama, lo único que debería pagar y retener de la fianza es la vitrocerámica, y siendo esta de igual o menor calidad que la que había

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Witirika

    inquilino/a

    Bajo mi punto de vista, pretender cobrarles a sus inquilinos los gastos que usted menciona, llega casi casi a rayar el abuso. Me explico;

    El armario de la cocina. Verá, si usted no hizo mención en el contrato a una prohibición expresa de taladrar alicatados, paredes etc, de forma tajante y/o sin autorización, carece de fundamento que les cargue a los inquilinos el coste de retirarlo. Aunque usted no lo quiera, el armario se podría considerar una mejora que se queda en la propiedad, y no un desperfecto en si.

    La vitrocerámica, jaja, yo de ser su inquilino y de saber que quiere colocar una nueva a mis costillas porque la que dejo, aunque funciona, tiene una esquina rota...entonces unos meses antes de mudarme le pediría a usted que me la cambiase. De que yo sepa no se pueden arreglar los arañazos o grietas de la placa, así que como cambiarla cuesta mucho dinero no podría considerarse pequeña reparación. ¿Y usted qué me diría? ¡Oh, no, si la vitro funciona no pienso cambiarla por otra nueva! Y bien, ¿en qué situación nos deja eso? Seguro que entiende muy bien lo que quiero decir.

    El parquet, que haya perdido el brillo no creo que se pueda considerar un desperfecto por mal uso, sino simple desgaste. El brillo se recupera con simple cera y betún. Si yo fuese su inquilino tampoco permitiría que me facturase eso, aunque también me preocuparía más por dejarlo en concidiones.

    Y ya que yo, como usted, no soy abogada experta en arrendamientos, expongo mi respuesta a juicio de Pedro Granada o cualquier otro profesional, para que valore su correción si tiene a bien hacerlo o lo considera necesario.

    Usted ha venido a consultar a una comunidad, a un foro público y debe aceptar que le pueden dar respuestas que no se ajusten a su "gusto". Puede coger los consejos o rechazaros, pero no debería despreciarlos. Mucho menos debería poner en duda el buen hacer y profesionalidad de Pedro Granada.

    • Respondido por: Witirika
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Hombre Mariagabbana... pedir que alguien con experiencia te responda cuando te ha respondido uno de los abogados q participan en la comunidad y lleva casos judiciales cada día referentes a arrendamientos.... no sé, no creo q haya muchos más mas capacitados y con experiencia.

    Si eso puedes ir a un abogado y contratarlo para que te diga lo que te acaban de decir, que viendo como expones las cosas dudo mucho q no terminéis en juzgado

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Al igual que tus preguntas, mis respuestas son igualmente sencillas y claras.

    Te reitero que si puedes acreditar los daños algunos son reclamables y otros no. Pero da igual que los enumeres porque ni tu, ni yo, ni el inquilino puede determinar cuales deben ser reparados por uno y por otro si no es mediante un acuerdo.

    Llega a un acuerdo con ellos, si no lo consigues, pideles que los reparen, hazlo tu si se niegan, pasales las facturas, demandalos si no te los abonan y acata la decision judicial.

    Ese es el camino, te lo digo por experiencia, la misma que no me supones.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • Mariagabbana

    casero/a

    Pedro creo que mis preguntas son sencillas y claras.

    La casa se entrego en perfecto estado como reconoce el inquilino en su contrato, recien pintada y con electrodomesticos nuevos.

    La chimenes de marmol rosa portugués en perfecto estado la recubren con un pegamento y una goma encima. Al quitarlo se ira el brillo del  marmol y habra que pulirla. Debe o no repararla en inquilino y dejarla como se le entregó? O tambien eso lo consideras desgaste de uso?

    Es desgaste de uso colgar muebles taladrando azulejos?

    Es desgaste de uso arañar el parquet o quitarle completamente el brillo en dos años?

    Es desgaste de uso la rotura en la esquina de la vitroceramica cuando es un material fuerte que dura muchisimo? normalmente se raya pero no se rompen las esquinas.

     

    Alguien con experiencia me podria responder? gracias

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Quizas no se sea tan sencillo como propones....

    Puedes acreditar el estado de la vivienda al inicio del alquiler para reclamar ahora esos daños???

    Si la respuesta es no, no lo tienes facil.

    Si la respuesta es si, debes tener en cuenta que hay daños imputables al mal uso del inquilino y deterioro normal de las cosas por el uso y el paso del tiempo. Solo los primeros son reclamables.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • MariYuno

    MariYuno

    inquilino/a

    Como inquilina que soy (no tengo pisos en propiedad) lo que si procuro hacer siempre que me voy de una vivienda es dejar en condiciones y esto incluye reparar lo que he roto, en mi opinion sí tendrian que cambiar la vitrocerámica por una igual o de características similares, que aún funciona si, pero no está en optimas condiciones como la encontraron, un posible futuro inquilino por una tonteria así (por ejemplo yo) podria decidir no alquilar la vivienda, una cosa es que la cocina no esté a estrenar y otra cosa es que esté rota aunque las placas funcionen. 

    • Respondido por: MariYuno
    • Hace 13 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas