Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

m.c.op

inquilino/a

Contrato desde año 1. 1. 75

Hola, tengo un familiar que su madre (ya fallecida) alquilo un local para una cerrajeria a un señor, este hombre se jubilo por enfermedad y paso todo a nombre de la mujer menos el contrato. este familiar le sube todos los años el ipc y actualmente cobra unos 375€ . en varias ocasiones le ha dicho al inquilino que se lo vende, pero este señor dice que el local ya es suyo y lo quiere regalo, He leido algo referente a los alquileres antiguos , sabes algo? hasta cuando tienen derecho a quedarse en dicho local, LES AGRADECERIA MUCHO VUESTRA INFORMACION.

 

  • Preguntado por: m.c.op
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
javiersantander ha sido el primero en contestar
Eduardo Llarena ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Le aconsejo que requiera por burofax al inquilino para que manifieste quien se ha subrogado en el contrato de arrendamiento dado que usted ha tenido conocimiento de que él se ha jubilado, con el apercibimiento de que caso de no contestar se considerará un subarriendo inconsentido.

    De los datos que aporta si se subroga la esposa continuará hasta que ella fallezca o se jubile, y si se surborgan los hijos hasta el 2.015. Se exige que continúen con la misma actividad.

    Suerte.

    www.asistencialegal.net

  • m.c.op

    inquilino/a

    Gracias Eduardo, el arrendatario se jubilo por enfermedad (tendrá unos 60 años) y todo lo puso a nombre de su mujer menos el contrato de arrendamiento que continua a su nombre, y el negocio lo llevan los hijos, ¿acabaria en 2015? y esto habia que avisarlo al interesado?

    • Respondido por: m.c.op
    • Hace 13 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Si el arrendatario es persona física hasta que se jubile o fallezca, salvo que pueda pasar al cónyuge en cuyo caso continúa hasta que éste fallezca o se jubile.  Si no se subrogó un cónyuge sino un descendiente el contrato acabaría en el 2015.

    Le aconsejo que acuda con el contrato a un abogado, pues se trata de un asunto algo complejo.

    www.asistencialegal.net

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    pregunta duplicada

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas