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anonymux

casero/a

Consulta sobre los estatutos de la comunidad de vecinos

 

A ver si me podeis ayudar.

La sucursal de la entidad financiera donde teníamos la cuenta corriente de la comunidad ha cerrado y nos han trasladado la cuenta a otra sucursal.

Hasta aqui todo normal. Pero ahora desde la nueva sucursal como trámite para abrir la nueva cuenta entre otras cosas nos exigen que les presentemos los "estatutos vigentes" de la comunidad. El caso es que nuestra comunidad es pequeña (4 vecinos) y la documentación "histórica" que tenemos es el libro de actas, el libro de cuentas, el CIF, el seguro y poco más pero no existen como tal unos estatutos que entiendo que deberían haberse firmado el día en que se constituyera la comunidad hace años ya. El caso es que necesitamos tenerlos ahora para lo cual deberíamos buscar un modelo de ejemplo, reunirnos todos los vecinos y aprobarlos y firmarlos en un acta. ¿Podemos hacerlo así? ¿Sabeis donde puedo encontrar un modelo de estatutos para usar de base?

Gracias por anticipado

 

  • Preguntado por: anonymux
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
TDO Abogado ha sido el primero en contestar
Karlangas ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Karlangas

    inquilino/a

    Anonymux:

    Entre la 'Documentación histórica’ que nos cita, usted no menciona ni un solo documento del Registro de la Propiedad. Por ello, el primer paso que deben dar es pasar por el correspondiente Registro y solicitar  Copia de todo lo que, en relación con su edificio, se haya registrado.

    Por muy poco dinero pueden encontrarse con la sorpresa (no sería la primera vez) de que ya existan y estén debidamente registrados sus Estatutos y hasta su Régimen de  comunidad.

    Si no lo están, ese será el momento -No antes- de iniciar el proceso de copiar un modelo, discutirlo, realizarlo, aprobarlo, registrarlo etc. Hacen falta ganas.

    Karlangas.

    26. 09. 2011.

  • TDO Abogado

    profesional

     

    Hola anonymux, 

    En principio lo que dice usted es correcto, no habría problema en redactar unos estatutos en el momento actual y aprobarlos -recuerde que esta aprobación ha de ser por unanimidad-. 

    Con respecto a si se deberían haber hecho al momento de constitución de la comunidad, puestos a poner todo al día es cierto que hubiese sido más práctico, pero no obligatorio. 

    Complementariamente a lo anterior, le recuerdo también que los estatutos no serán oponibles a terceros si no se inscriben en el Registro de la Propiedad, solo a los propietarios existentes al momento de su aprobación. salvo mejor criterio.

     

    TDO Abogado

    Tudesahucio.com

     

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