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TSBARCIA

casero/a

Tengo una casa en renta por tres años, ¿puedo echarles antes?

Hace un año alquilé una casa por tres años pero me gustaría arreglarla para mí ¿puedo echar a los inquilinos antes de que cumpla el contrato? les quedan dos años

  • Preguntado por: TSBARCIA
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
deaquiydealli ha sido el primero en contestar
deaquiydealli ha sido elegida Mejor Respuesta
  • gabin

    inquilino/a

    si son pequeñeces, y ademas puedes probar que las hayan  hecho, no es tan facil, igualmente lo mejor es hablarlo con los inquilinos, ya que si alquilaron hace un año, seguramente ahora conseguirian algo mucho mas economico, pero, algun costo por tener que mudarse y reorganizar su vida, tendran, y eso alguien tiene que afrontarlo, pero como dicen, tienen 5 años por delante donde legalmente es "su" casa y no tuya, y queria hacer un agregado, y pedirte/aconsejarte un mejor uso del idioma, ya que eso de echarlos, suena espantosamente feo, podrias haber puesto, "pedirles que se vayan", o algo similar, en mi opinion ese "echarlos" me dio la misma sensacion que a deaquiydealli, que quieres echarlos porque si. suerte

    • Respondido por: gabin
    • Hace 14 años
  • deaquiydealli

    casero/a

    Si quieres que te respondamos correctamente, pon toda la información de una vez. Según la pregunta que haces, da la sensación de que quieres echarlos porque si. Este foro es gratuito y no cobran por escribir. 

    No somos adivinos.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Puedes utilizarlo para \"demandar\" (en el juzgado) la resolución del contrato por obras inconsentidas.

    Pero ojo que si son pequeñeces igual pierdes y te toca pagar las costas.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • TSBARCIA

    casero/a

    Pero si hacen reformas en la casa de poca cuantia sin permiso mio ni papeles de por medio , puedo utilicarlo para echarlos,Gracias por contestarme, un saludo.

    • Respondido por: TSBARCIA
    • Hace 14 años
  • deaquiydealli

    casero/a

    No, no puedes. Ya que según la LAU pueden estar hasta cinco sin que el arrendador pueda pronunciarse al respecto. Sin claúsula de necesidad en el contrato, me imagino que no tienes, si quieres que se marchen, tendrás que negociar una indemnización con ellos.

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