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marifos

casero/a

Anexo por rebaja de renta

Nuestro inquilino ha solicitado una rebaja de la renta a la que finalmente hemos accedido porque hasta ahora todos hemos cumplido. Dudas:

 Si hacemos un anexo al contrato  inicial

- ¿debemos devolver la diferencia de la fianza entre la nueva y la anterior?

-LLevan 1 año ¿la prórroga se extendería a cuatro años más en vez de a 5 años porque no hay renovación del contrato?

. ¿Se puede ajustar el cambio a un período de tiempo y volver a la renta inicial pasado ese teimpo?

Gracias

  • Preguntado por: marifos
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pues justo en esa que pone de ejemplo. Va a ser que no.

    si hacemos un anexo al contrato  inicial

    - ¿Debemos devolver la diferencia de la fianza entre la nueva y la anterior?

    no. Durante los primeros cinco años de vida del contrato, la fianza "no se toca"

    -llevan 1 año ¿La prórroga se extendería a cuatro años más en vez de a 5 años porque no hay renovación del contrato?

    la prórroga no varía. Si se hace un anexo variando la renta durante x tiempo, los plazos del contrato no varían.  

    . ¿se puede ajustar el cambio a un período de tiempo y volver a la renta inicial pasado ese teimpo?

     perfectamente.  

    saludos - Papeleos Alquiler

  • marifos

    casero/a

    No me queda claro porque en otras páginas tienen otra opinión

    Gracias

    https://sites.google.com/site/papeleosalquiler/anexo-rebaja-renta

    • Respondido por: marifos
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Lo mejor en estos casos es en vez de hacer un anexo como rebaja del alquiler, es hacer un anexo como que le va a bonificar durante X meses el alquiler, esto quiere decir que usted le bonifica durante 1 año (por ejemplo) el 10% de alquiler (por ejemplo), si pasado este año usted no quiere seguir con la rebaja no hará falta ningún tipo de modificación de contrato, y el no se podrá negar, si usted quiere continuar con la bonificación (la misma u otra) con hacer otro anexo igual o alargar este será suficiente. Además en este supuesto no tendrá que hacer nada con la fianza.

    Si usted hace una rebaja, para volver a la renta inicial tendrán que volver a estar de acuerdo los dos, y el se podrá negar.

    Saludos

    Oscar

    Oscar

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