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¿Cómo se añade un...

Pamvi

casero/a

¿Cómo se añade un nuevo inquilino al contrato de arrendamiento?
Tengo un piso alquilado y en el contrato constan dos inquilinos, uno de ellos deja el piso y otra tercera persona entrará en el piso en su lugar, ¿cómo debo hacer constar esa circunstancia? el que se va me firma un anexo de finalización de contrato?
  • Preguntado por: Pamvi
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
BUFETPRIETO SLP ha sido el primero en contestar
  • Daniela Gonzalez

    casero/a

    Primero: El que se va debe firmar un documento de rescisión de contrato. Segundo: El que entra en lugar del que se va, hacer un anexo al contrato, donde figure su identidad y firma.
    C
    uidado con el que entra. Te ofrece las mismas garantías del que se va. ¿Has comprobado su nómina?

    Asegúrate antes que entre el nuevo inquilino. Si no te ofrece garantía, no permitas que entre. Si no después vas a tener problemas con él y la otra personas que se ha quedado.
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    Tienes varias opciones, podéis establecer un anexo al contrato anterior por el cual el inquilino saliente renuncia a los derechos y el entrante se subroga a aquellos que estuvieran pactados en su día. Por otro lado, podéis llegar a un acuerdo de rescisión del contrato anterior y establecer un nuevo contrato con los nuevos inquilinos, con unas nuevas condiciones de fianza y de renta. Eso si, deberás respetar este nuevo acuerdo durante los 5 años que establece la Ley.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Deberías hacer una diligencia de sustitución de inquilino, como anexo al contrato, siempre y cuando el que entra te ofrezca la misma solvencia del que se marcha.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    Considero que basta con una cláusula en la que se haga constar que el inquilino que se marcha renuncia a sus derechos como tal, y que el nuevo inquilino se subroga en los derechos y obligaciones que había tenido el anterior, firmando ambos junto con el arrendador y el inquilino que se queda.

    BufetPrieto SLP
    E-mail:jprieto@bufetprieto.com
    Tfno: 938704558
    Web: http://www.bufetprieto.com
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